La Ley Habilitante del 2010 y la ruptura del orden democrático
El Secretario General de la OEA, ha expresado el 7 de enero de 2011, que la Ley Habilitante otorgada a Chávez limitó “las facultades del poder legislativo (de Venezuela) por 18 meses” y considera que esta delegación “no es un mecanismo válido en la democracia”.
Lo interesante es que la Carta Democrática Interamericana, del 11 de septiembre de 2001, declara que la democracia representativa es la base del estado de derecho y los regímenes constitucionales de los Estados Miembros de la OEA, resultando evidente que al suspender de sus facultades legislativas a la nueva Asamblea Nacional por 18 meses se suspende de hecho la representatividad de los diputados electos el 26 de septiembre de 2010.
La Ley Habilitante afecta el desarrollo normal del proceso político institucional democrático, más cuando le sería imposible al Presidente obtener una Ley Habilitante con la actual legislatura, al no tener sus seguidores la mayoría exigida para otorgar esa habilitación ni tienen la mayoría para dictar leyes orgánicas actualmente; y se constituye en una excusa para suspender la democracia participativa, al no dejar participar a los diputados electos en la redacción de las leyes, por lo que se necesita la vigilancia de la comunidad internacional sobre esta manera irregular de alterar nuestro sistema democrático de gobierno.
Este cambio de reglas de juego en materia de ley habilitante, por cuanto es la primera vez que una legislatura que fenece compromete a la legislatura que se inicia, entregando las facultades legislativas que tenía más allá de su mandato, produce una ruptura del orden democrático y la alteración del orden constitucional, lo cual puede generar, en el peor de los casos, que Venezuela sea excluida de las sesiones de la Asamblea General de la OEA. El subsecretario adjunto para América Latina, Arturo Valenzuela, también manifestó sobre la Ley habilitante que esta “medida antidemocrática viola los valores inscritos en la Carta Democrática Interamericana”.
La pretexto que da la Asamblea Nacional para otorgar esta Ley son las urgentes condiciones sociales de pobreza –después de 10 años de mandato en los que no ha mejorado las condiciones de la población- y las lluvias, derrumbes, inundaciones y otros eventos producidos por la problemática ambiental –para lo cual 18 meses no parecen urgentes-, condiciones ambientales que en el 2009 fueron peores y no se reconstruyó ni se hicieron las labores para superar aquellas condiciones, por lo que dudamos que después de esa demostración de ineficiencia pueda, en 18 meses, mejorar las condiciones sociales mediante Decretos leyes sobre cualquier materia contemplada en la Constitución.
En definitiva, el Secretario General de la OEA podría elevar un informe al Consejo Permanente y solicitar visitar el País para analizar la situación, a lo cual se puede oponer el Presidente, en una nueva manifestación de su talante autoritario.
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10 de Enero de 2011
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